Del voto “fusil” al voto “con fusil”
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Se radicó en el Congreso una nueva reforma constitucional para que los miembros activos de las Fuerzas Militares y la Policía puedan votar. No es la primera vez. Y, como abogada, como defensora de derechos humanos y como colombiana que ha visto de cerca lo que significa cuando las armas del Estado se acercan a la política, quiero decirlo con toda claridad desde el primer párrafo: estoy en desacuerdo, y mis razones no son de trinchera, son de arquitectura democrática.
El senador Germán Rodríguez, del partido Salvación Nacional y veterano de la Armada Nacional, radicó el 25 de agosto un proyecto de acto legislativo que modifica el artículo 219 de la Constitución para permitir que los miembros activos de la Fuerza Pública voten en elecciones presidenciales y de Congreso. El senador ha insistido en un punto: la reforma “solo permite el sufragio”, no autoriza proselitismo político dentro de los cuarteles ni habilita a los uniformados para ser candidatos. Por tratarse de una reforma constitucional, el proyecto debe surtir ocho debates en Senado y Cámara antes de poder convertirse en norma.
Y aquí va mi primera obligación con ustedes, que es de fondo: contrario a lo que algunos titulares han sugerido; la Corte Constitucional no se ha pronunciado sobre esta reforma, porque todavía no hay nada que pronunciar. Lo que hoy existe es un proyecto recién radicado, no una ley, no un acto legislativo aprobado, y mucho menos una sentencia. Si el Congreso lo tramita y lo aprueba —algo que en cuatro intentos anteriores (2021, 2022, 2023 y 2025) no ha logrado—, solo entonces la Corte entraría a revisarlo, y ese control se concentra normalmente en los vicios de procedimiento de la........
