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Dos años después, cayó la moneda

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01.09.2026

Dos años después de que el Consejo de Estado le cerrara la puerta a Cali y Yopal para fijar tarifas de Industria y Comercio distintas a las de Bogotá, la Corte Constitucional les dio un espaldarazo. La Sentencia SU-047 de 2026, adoptada por la Sala Plena con ocho votos contra uno, dejó sin efectos las providencias de 2024 y reabrió una discusión que, solo para Cali, había significado dejar de percibir cerca de $200 mil millones en un año, según cifras de su propia Alcaldía.

En noviembre de 2024 escribí una columna titulada “Si se va a perder por mil, que se pierda por mil quinientos”, a propósito de esas dos decisiones de la Sección Cuarta que anularon las tarifas de ICA adoptadas por Yopal y Cali. La pregunta que planteaba era esta: si la Ley 2082 de 2021 nació para fortalecer a las ciudades capitales, ¿por qué su aplicación terminaba subordinando las decisiones tributarias de esas ciudades a las que tomara Bogotá?

La discusión gira alrededor del artículo 14 de la Ley de Ciudades Capitales, que permite a los concejos, por iniciativa del alcalde y atendiendo la realidad tributaria de cada jurisdicción, adoptar las normas que rigen para Bogotá en predial e ICA. Para el Consejo de Estado, eso significaba que las ciudades no podían moverse dentro del rango del 2 al 30 por mil que prevé el Decreto Ley 1421 de 1993, sino que debían replicar la tarifa que Bogotá........

© El Universal