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#PorEstosTrampososNo, por Rosa María Palacios

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15.08.2026

El artículo 194 de la Constitución no puede ser más claro: “No hay reelección inmediata para los alcaldes. Transcurrido otro periodo, como mínimo, pueden volver a postular, sujetos a las mismas condiciones”. ¿Qué parte no se entiende? ¿Qué oscuridad tiene que ser esclarecida con una legión de doctores Truquini? El asunto es bien sencillo. Si eres alcalde, no puedes volver a ser alcalde. Tienes que esperar 4 años, que es lo que dura el periodo.

¿Es una mala idea? Puede ser debatido. ¿Se puede cambiar? Sin duda. ¿Se puede cambiar para las elecciones del 4 de octubre? No. Esa inmutabilidad también es sencilla de entender. La prohibición de reelección de alcaldes y gobernadores se aprobó por la vía de la reforma constitucional, en dos legislaturas con más de dos tercios de votos en el Congreso. ¿La razón? La enorme corrupción en reelecciones donde quien estaba en el poder no respetaba la neutralidad electoral. Experiencias, tuvimos y de las peores. La reforma constitucional tarda tiempo y logra consensos amplios. Hoy, con un sistema bicameral, necesitas dos votaciones en cada cámara. Un proceso mucho más largo. Eso no va a cambiar pronto.

Si la Constitución es tan clara y toda ley se subordina a la Constitución, ¿por qué tenemos un conjunto de alcaldes esmerándose en violarla? Porque han decidido hacer trampa. Los alcaldes no postulan a la alcaldía (eso ya sería mucho), pero postulan como primer regidor, lo cual no está prohibido. Luego, hacen renunciar al candidato a alcalde. Para cualquier ciudadano, eso significa que si la lista gana, ese primer regidor asume la alcaldía. Pero el alcalde no es cualquiera. Obviamente está exceptuado aquel que........

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