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La Directiva de Transparencia Retributiva: cuando el silencio también regula

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04.06.2026

La Directiva (UE) 2023/970 ha sido presentada como un paso decisivo en la lucha contra la brecha salarial entre mujeres y hombres. Y lo es. Refuerza la transparencia, mejora el acceso a la información retributiva y trata de hacer más efectivo el principio de igual retribución por un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor. Pero quizá su lectura más interesante no esté solo en sus mandatos expresos, sino en sus silencios. Porque la directiva avanza, sí, pero también deja abiertas muchas cuestiones clave.

Así las cosas, la primera gran conclusión que debe extraerse de la referida norma (véase su considerando decimoséptimo) es que, aun siendo su objetivo esencial el reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución, lo anterior en modo alguno excluye que los empleadores paguen/remuneren de forma diferente a trabajadores que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor sobre la base de criterios objetivos, neutros con respecto al género y libres de sesgos, como el rendimiento y la competencia.

Dicho lo anterior, la primera incógnita afecta a una de sus novedades más visibles: la obligación de informar a las personas candidatas sobre la retribución inicial o la banda retributiva inicial del puesto. La idea es potente, pero la norma no define qué debe entenderse por "banda retributiva" ni siquiera en qué porcentajes debe moverse. Y esa ausencia no es menor. Porque entre una horquilla útil y una banda ciertamente amplia hay una diferencia evidente. La directiva no fija un criterio, ni un margen, ni un estándar........

© El Confidencial