Tribunal Constitucional: Vladimir Cerrón no tenía “derecho” a fugarse
Así lo precisaron los siete miembros que integran el Pleno del TC. Los magistrados Helder Domínguez (presidente), Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández, quienes votaron en mayoría por beneficiar a Cerrón Rojas, así como los que votaron en contra como los magistrados Luz Pacheco, César Ochoa y Manuel Monteagudo, coincidieron en ese aspecto y desacreditaron tal aseveración del líder de Perú Libre y su defensa legal.
Como se recuerda, uno de los principales; sino el argumento más importante que esgrimía el prófugo de la justicia, era invocar como un “derecho” el desacato el fallo judicial que ordenaba su prisión preventiva en el proceso por presunto lavado de activos y organización criminal en el Caso “Aportes a Perú Libre” (Expediente 62-2021).
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“Cabe señalar que no existe un derecho fundamental de ‘resistencia’ que permita al imputado eludir la acción de la justicia. En realidad, ante la existencia de una resolución judicial, las autoridades estatales están en la obligación de hacerla cumplir y, por otro lado, el procesado tiene un deber jurídico de apersonarse al proceso y respetar las decisiones jurisdiccionales.” Fallo en mayoría de los magistrados Helder Domínguez (presidente), Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández.
“Cabe señalar que no existe un derecho fundamental de ‘resistencia’ que permita al imputado eludir la acción de la justicia. En realidad, ante la existencia de una resolución judicial, las autoridades estatales están en la obligación de hacerla cumplir y, por otro lado, el procesado tiene un deber jurídico de apersonarse al proceso y respetar las decisiones jurisdiccionales.”
Fallo en mayoría de los magistrados Helder Domínguez (presidente), Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández.
Pese a ello, Domínguez, Morales, Gutiérrez y Hernández terminaron por beneficiar y amparar el pedido de Cerrón Rojas, anulando la prisión preventiva que cuestionaba y por la cual permaneció más de dos años y medio en la clandestinidad.
Como se recuerda, Cerrón Rojas venía afrontando el caso de presuntos aportes ilícitos bajo reglas de conducta, entre ellas pasar por control biométrico cada 30 días, informar de sus actividades al juzgado de manera virtual cada 30 días, acudir ante la autoridad judicial y fiscal cada vez que sea citado, entre otros.
Sin embargo, Cerrón Rojas dejó de cumplir dichas reglas de conducta y entró a la clandestinidad al confirmarse una condena en su contra por delito de colusión -se le impuso tres años y seis meses de prisión- en el Caso “Aeródromo Wanka”.
Ello llevó a que la fiscalía encargada de la investigación por presuntos aportes ilícitos pida la variación de la medida de comparecencia por la prisión preventiva por incumplimiento de reglas de conducta. Ello, debido a que fue el propio investigado quien decidió fugar de la justicia.
Sin embargo, para los magistrados Domínguez, Morales, Gutiérrez y Hernández, el Poder Judicial no valoró adecuadamente la situación de Cerrón, concluyendo que no debieron analizar su conducta procesal........
