menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Los derechos de petición

23 0
19.03.2026

Uno de los dolores de cabeza que tienen los administradores de propiedad horizontal son los innumerables derechos de petición que reciben, unas veces porque no cumplen con la obligación de informar y otras porque es la forma de entorpecer el trabajo administrativo por parte de algunos propietarios. Como esto es un derecho fundamental, que no puede ser violado por nadie, veamos algunas recomendaciones para evitar congestiones al momento de contestarlos:

1. Cumpla con la obligación establecida en el artículo 51 de la Ley 675/01 de entregar las actas de asamblea y consejo de administración a todos los propietarios y residentes. En estas estarán actualizados de todas las decisiones y acciones que realiza la administración. Es necesario recordar que, acorde al Decreto 768 de 2025, las autoridades de policía pueden sancionar a los administradores cuando no entreguen estas informaciones cuando les sean solicitadas. 2. Utilice canales de información y evite las redes sociales. Tener canales abiertos como WhatsApp puede generar incomodidad entre los propietarios y residentes. 3. Tenga publicada una política de manejo de datos en la propiedad horizontal, donde clasifique claramente los datos que son públicos, semiprivados, privados y sensibles. No toda información está en la obligación de ser revelada. 4. Mantenga un código QR para tener la información básica de la persona jurídica: reglamentos, actas, bitácoras de mantenimiento, etc. Con esto evitará que dichas informaciones sean solicitadas en forma reiterativa. 5. Al tener un solo canal para presentar peticiones, especifique el término de recibido y de respuesta. Este informe preséntelo a la asamblea para demostrar su gestión informativa con los copropietarios. 6. Socialice todos los actos que realiza la administración e intente comprometer a todos los propietarios y residentes. 7. Absténgase de no responder las informaciones solicitadas. Eso siempre genera una cadena de derechos de petición que termina obstaculizando la función administrativa. 8. Conteste las informaciones solicitadas por los propietarios y residentes en el menor tiempo posible; nunca juegue a entregarlas el último día que está obligado (15 días hábiles). Una información tardía no satisface a quien la pide. 9. No suministre información sesgadas o falsas. Usted no debe hacerse parte de los conflictos internos que existen en la copropiedad. Sea imparcial, no favorezca a nadie, sino a la verdad. 10. Reciba los derechos de petición con actitud profesional, sin asumirlos de manera personal. Las personas tienen derecho a estar informadas.

Aunque por algunos copropietarios es utilizado el derecho de petición para obstaculizar el desarrollo administrativo, si existe una excelente información esta actitud negativa, se encontrará totalmente obstaculizada. ¡Utilice la virtualidad, que es la mejor herramienta de comunicación!


© Vanguardia