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Los derechos de petición

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19.03.2026

Uno de los dolores de cabeza que tienen los administradores de propiedad horizontal son los innumerables derechos de petición que reciben, unas veces porque no cumplen con la obligación de informar y otras porque es la forma de entorpecer el trabajo administrativo por parte de algunos propietarios. Como esto es un derecho fundamental, que no puede ser violado por nadie, veamos algunas recomendaciones para evitar congestiones al momento de contestarlos:

1. Cumpla con la obligación establecida en el artículo 51 de la Ley 675/01 de entregar las actas de asamblea y consejo de administración a todos los propietarios y residentes. En estas estarán actualizados de todas las decisiones y acciones que realiza la........

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