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La autonomía se ejercerá a partir de 2026

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Durante estos más de 16 años, no se ejerció la autonomía, sino el centralismo de los años 90. La razón es sobre todo política. Desde 2026, el escenario cambiará, por lo que se prevé que la autonomía recién comenzará a implementase.

Conforme con el art. 272 de la Constitución Política del Estado (CPE), la autonomía implica la potestad de elegir y conformar un gobierno subnacional propio, administrar los recursos de este de manera autónoma y, con eso, diseñar y ejecutar políticas públicas, es decir, leyes, reglamentos, protocolos y planes, en los temas de su competencia (DCP 9/2013, FJ III.1.b).

Se suele creer que el Gobierno central tiene jerarquía sobre los gobiernos autónomos del país. Incluso hay gente de los gobiernos departamentales que asume que estos tienen jerarquía sobre los gobiernos municipales e indígenas, por lo que pretenden dar instrucciones (ejecutivas) y mandatos (mediante ley) sobre ellos. Pero nada de eso es así. La Constitución dice: “las entidades territoriales autónomas (ETA) no estarán subordinadas entre ellas y tendrán igual rango constitucional” (art. 276). Dado que el mandato no menciona al Gobierno central, se suele asumir que sí existe jerarquía de este sobre las ETA. Los ministerios se asumen como órganos rectores en sus respectivos temas, es decir, como la autoridad sobre los gobiernos subnacionales, cuando en realidad son únicamente órganos cabeza de sector para la coordinación intergubernamental de sus respectivos temas (Ley 031, art. 132). 

Ni los ministerios ni el propio presidente son autoridad sobre los gobiernos autónomos. En lo único que existe subordinación de estos últimos es en referencia a las leyes nacionales, pero únicamente en competencias concurrentes y compartidas. En las exclusivas, de ninguna manera. Eso porque, en las concurrentes, únicamente el Gobierno central........

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