Comisión de acusaciones: unos ratones cuidando al queso
En Colombia, el órgano competente para destituir a un presidente por faltas penales o disciplinarias o indignidad política es el Senado de la República, según los artículos 174, 175 y 178 de la Constitución Política.
Para ello, se requiere que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes formule una acusación previa mediante un proceso que tiene el carácter de una investigación penal o disciplinaria y, luego de encontrarlo culpable, remitir el expediente al Senado y solicitar las sanciones que quepan, incluyendo su destitución. Pero esta tal “Comisión de........
