Ni es ley, ni es de nietos (el 'trabajo' de Paco Salazar)
No hay, propiamente, una 'ley de nietos'. Y no se sabe bien por qué se ha viralizado ese sintagma, que no responde a una realidad normativa. La llamada 'ley de nietos' es, simplemente, una disposición adicional —la octava— de la Ley de Memoria Democrática de 2022, pactada por el Gobierno con sus socios (entre ellos, entusiásticamente con EH Bildu). Tal disposición, sucinta, establecía que podrían adquirir la nacionalidad española aquellos que reuniesen las siguientes condiciones:
"Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española…".
Y añadía: "Igualmente, podrán adquirir la nacionalidad española las personas que se encuentren en los siguientes supuestos:
a) los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, y
b) los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción, de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre." [de Memoria Histórica]
El plazo para solicitar la nacionalidad venció el año 2024, pero se prorrogó uno más: hasta octubre de 2025.
Esa disposición adicional no se desarrolló mediante un reglamento ejecutivo del Consejo de Ministros (que es el que desarrolla las leyes y requiere de informes consultivos), sino mediante una anómala instrucción del Ministerio de Justicia (Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública), que establecía los criterios, supuestamente de trámite, para optar a la........
