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La legalidad internacional en el conflicto de Irán. ¿Y qué dice la ONU?

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19.03.2026

Desde la captura de Nicolás Maduro y con el ataque de EEUU e Israel a Irán, se ha escrito y discutido hasta la saciedad sobre la legalidad internacional. Curiosamente, en lo referente al conflicto en Irán, el organismo encargado de velar por esta legalidad, el que dictamina qué está amparado por ella y qué no, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU, en adelante), no se había pronunciado hasta hace muy pocos días; ha sido con la resolución 2817 de 11 de marzo de 2026, la primera que emite sobre el conflicto actual en Irán y que ha pasado prácticamente inadvertida en los medios de comunicación. Sus disposiciones resultan francamente interesantes y deberían dar que pensar a nuestros dirigentes y a muchos opinadores.

El CSNU, reunido para examinar la carta fechada el 28 de febrero de 2026, enviada por el representante de Bahréin en nombre de los Estados miembros del Consejo de Cooperación de los Estados Árabes del Golfo (CCG), Arabia Saudita, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar, en relación con los ataques perpetrados por la República Islámica de Irán contra sus territorios con misiles y vehículos aéreos no tripulados, realiza diferentes consideraciones (la resolución se puede leer íntegra aquí).

El CSNU, en el punto 2 de la resolución, condena "en los términos más enérgicos los infames ataques perpetrados por la República Islámica del Irán contra los territorios de Arabia Saudita, Bahréin, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán, Qatar y Jordania, y determina que tales actos constituyen una violación del derecho internacional y una seria amenaza para la paz y la seguridad internacionales".

En el punto 5, exige que "la República Islámica del Irán ponga fin de inmediato y sin condiciones a toda provocación o amenaza contra los Estados vecinos, incluido el uso de subsidiarios".

Por otra parte, en el punto 7, "reafirma que debe respetarse el ejercicio de los derechos y libertades de navegación de los buques mercantes y comerciales, con arreglo al derecho internacional, particularmente en las rutas marítimas esenciales, y toma nota de que los Estados miembros, conforme al derecho internacional, tienen derecho a defender a sus buques de ataques y provocaciones, incluidos los que menoscaben los derechos y libertades de navegación".

Finalmente, en el punto 8, "condena cualquier acción o amenaza de la República Islámica del Irán que tenga por objeto cerrar, obstaculizar o dificultar de cualquier otra forma la navegación internacional a través del estrecho de Ormuz, o que ponga en peligro la protección marítima en Bab el-Mandeb, afirma que cualquier intento de impedir el paso en tránsito legítimo o la libertad de navegación en estas vías navegables internacionales constituye una grave amenaza para la paz y la seguridad internacionales, y exhorta al Irán a que se abstenga inmediatamente de cualquier acción o amenaza, de conformidad con el derecho internacional".

El CSNU es muy criticado por su funcionamiento; 5 naciones son permanentes y tienen el derecho de veto (China, Francia, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos), mientras que las otras 10 plazas se nutren de naciones con carácter temporal y sin derecho a veto (en marzo 2026 son: Bahréin, Colombia, Dinamarca, Grecia, Letonia, Liberia, Pakistán, Panamá, República Democrática del Congo y Somalia). A pesar de ello, muchas naciones, España entre otras, otorgan a este organismo la facultad de establecer la legalidad de una determinada intervención.

Es sabido que, con el derecho de veto, el CSNU difícilmente emitirá una resolución acusando a EEUU de haber violado la legalidad internacional, como tampoco lo hará sobre Rusia en su invasión de Ucrania, pero lo cierto es que el Consejo (el organismo encargado de velar por la legalidad internacional en los conflictos) ha dictaminado en contra solamente de Irán. Hay que tener en cuenta, además, que tanto China como Rusia han aprobado esta resolución, lo que es un hecho que merece ser destacado.

En cualquier caso y como resumen, el organismo encargado de velar por la legalidad internacional, sobre el conflicto en Irán ha hablado y ha estipulado que:

Irán ha violado el derecho internacional y es una grave amenaza para la paz y seguridad internacionales.

Irán no debe usar subsidiarios (léase hutíes, en el caso concreto del estrecho de Bab el-Mandeb, y otras milicias).

Los Estados miembros de la ONU tienen derecho a proteger sus buques.

Una consecuencia de lo anterior, es que una posible misión de protección a los buques en el estrecho de Ormuz estaría de acuerdo con el derecho internacional y amparada por el CSNU.

*Jaime Íñiguez Andrade, General de división (retirado) ET.


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