JNE habilita a López Aliaga para postular a teniente alcalde de Lima: ¿Qué argumentó Renovación Popular en audiencia?
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación de Rafael López Aliaga contra su exclusión como candidato a teniente alcalde de Lima por Renovación Popular. Con ello, podrá participar en las elecciones regionales y municipales de octubre próximo.
Previamente, la tarde del lunes 13, el máximo organismo electoral escuchó los argumentos de Renovación Popular. En los próximos días ordenaría al Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro que admita la candidatura.
Los detalles no se conocen aún, solo se publicó el sentido del fallo tras evaluar las pruebas presentadas por la agrupación.
Durante la audiencia, el defensor de Renovación Popular, el abogado Virgilio Hurtado, argumentó que si bien López Aliaga fue proclamado senador electo, ha renunciado a asumir esa función. Por ello, señaló que no se encuentra comprendido en el impedimento previsto en la Ley de Elecciones Municipales.
El abogado aseguró que la proclamación de resultados no convierte automáticamente a un candidato electo en un senador en ejercicio. Según dijo, la entrega de credenciales solo habilita a los parlamentarios elegidos para cumplir los trámites previos establecidos por el Reglamento del Congreso antes de asumir el cargo.
“El impedimento está orientado a quienes ya están en ejercicio del cargo”, señaló el abogado ante los magistrados. Añadió que, de aceptarse la interpretación del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro se produciría una situación incompatible con la propia organización del Congreso de la República, ya que los diputados y senadores elegidos recién iniciarán formalmente sus funciones el próximo 26 de julio.
Hurtado señaló que las restricciones al derecho de participación política deben estar expresamente previstas en la ley. “No se pueden limitar derechos aplicando la analogía o la interpretación extensiva de las normas que los restringen”, afirmó.
El abogado de Renovación Popular aseguró que el principio jurídico según el cual no debe hacerse distinción donde la ley no la establece solo puede utilizarse para reconocer derechos, no para ampliar prohibiciones.
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