Petro anuncia y amenaza: consulta popular, o estallido social
Julio Bahamon.
Según la ley 1757 de 2.015, la consulta popular puede ser convocada por autoridades como el Presidente de la República, gobernadores, o alcaldes, así como por iniciativa ciudadana. En eso no hay discusión alguna. Otra cosa es saber, si en este caso, el presidente Gustavo Petro tiene la razón, o no. Personalmente creo que Petro la va a convocar, y será de forma inmediata, para lo cual debe cumplir con lo reglamentado en la misma ley 1757/15, que establece un procedimiento, que deseo que la opinión lo conozca:
1.- El presidente por iniciativa propia debe someter una pregunta, que debe ser de interés nacional, a consideración del pueblo, siguiendo los procedimientos reglados. Es importante que los lectores sepan que la decisión del pueblo, es obligatoria. De ahí la importancia que tiene la convocatoria para que........
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