DELEGACIÓN DE FACULTADES LEGISLATIVAS, columna de Alberto Quintanilla Chacón
En una sociedad que se reclama democrática se necesita la vigencia de la separación de poderes y mutuo control. La Constitución (art. 43, 102 y 118°) establece como atribución del Congreso “dar leyes”…el presidente “dirige la política general del gobierno” y “cumple la Constitución y las leyes”.
Excepcionalmente “El Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar … sobre materia........
