El administrador definitivo
Uno de los cargos con mayor responsabilidad y mayores compromisos es el del primer administrador definitivo del conjunto. La ley establece que cuando se haya enajenado más de un 51% de los coeficientes de copropiedad cesará la administración del propietario inicial y notificará a los copropietarios para que nombren el definitivo; de lo contrario, si no lo hacen, él lo nombrará.
Es de gran importancia este nombramiento para que el constructor o propietario inicial se desvincule en la administración de los bienes comunes. ¿Pero que debe recibir y al que está obligado este administrador definitivo?
1. Deberá recibir todas la contabilidad y los soportes de gastos que se hayan ejecutado con las expensas comunes. Es necesario que........
