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¿Era necesaria la reforma sobre doble nacionalidad? La patria es primero

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01.09.2026

No nos confundamos. La restricción a la doble nacionalidad para acceder a determinados cargos públicos existe en la Constitución desde 1997. Es importante tener en cuenta, como bien explica Robert Dahl en ‘La democracia y sus críticos al abordar el problema de la inclusión’, que incluso el principio categórico de igualdad encuentra límites contingentes al momento de determinar quiénes deben formar parte del demos. Lo anterior porque, evidentemente, ninguna comunidad política considera que los infantes o las personas extranjeras de paso deban participar en la toma de sus decisiones políticas fundamentales.

Hoy el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos señala que: “La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades”... “exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal. Por tanto, la discusión no puede partir de que toda regulación del derecho a ser votado fundada en la nacionalidad sea, por sí misma, inconstitucional o inconvencional. La propia Convención reconoce expresamente la nacionalidad como uno de los criterios a partir de los cuales pueden reglamentarse los derechos políticos.

Lo interesante es que este requisito se estableció al mismo tiempo que se reformó la Constitución para permitir que las personas mexicanas por nacimiento pudieran adquirir otra nacionalidad sin perder la mexicana, una modificación pensada centralmente en los millones de mexicanos que viven en Estados Unidos. En ese contexto de reconocimiento a los derechos de nuestros connacionales, el Constituyente decidió reservar determinados cargos públicos a quienes no hubieran adquirido otra nacionalidad sencillamente para evitar posibles conflictos de intereses o de lealtades con otro Estado.

Entonces la restricción no nació con esta iniciativa y hay que ver lo que se buscaba proteger. Por eso, las acusaciones de que la iniciativa de la presidenta Sheinbaum introduce una discriminación inédita contra quienes tienen doble nacionalidad, o que se trata sin más de una medida xenófoba, me parece que no se sostienen.

Esta restricción tiene casi treinta años en la Constitución y, además, ha habido casos que demuestran que no se trata de que las personas con doble nacionalidad sencillamente no puedan ser candidatas: el propio ordenamiento ha previsto mecanismos para resolver el........

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