Sociedades mixtas, en el nudo entre expectativa y realidad
En el transcurso de un mes, el Gobierno cubano aprobó tres medidas que amplían el alcance del sector privado en el abordaje de tres problemas de la economía cubana:
La importación de combustibles, en respuesta a la crisis energética manifestada en apagones severos y escasez generalizada de combustibles.
La creación de residencias privadas para el cuidado de personas, en respuesta al acelerado envejecimiento de la población (25,7 % de los cubanos tiene 60 años o más).
La autorización de sociedades mixtas, en respuesta a un tejido empresarial cada vez más heterogéneo, con mayor peso relativo de la inversión privada y una depresión sistémica de la parte estatal.
Como otros colegas economistas, reconozco la racionalidad económica de estas tres medidas. Sin embargo, todas comparten una cualidad desafortunada: el momento. Las tres han sido tomadas ahora, tras años —o décadas— de propuestas y análisis, provenientes lo mismo del Gobierno que de la academia.
Los apagones son agobiantes desde 2021; el envejecimiento de la sociedad es un fenómeno estructural desde los años noventa, y el primer documento oficial que reconoce la propiedad mixta entre partes nacionales es de 2016.
El problema de postergar decisiones es que se reduce el efecto positivo de una medida. A mayor tiempo de espera, menor margen de maniobra.
Además del momento, otra cuestión es el alcance. ¿Son medidas aisladas o forman parte de un programa de reforma estructural del modelo económico? Definitivamente no es lo segundo, en tanto el rebautizado Programa Económico y Social del Gobierno carece de ese enfoque, como analicé en esta columna hace poco.
La importación privada de combustibles es un paliativo a un problema energético mayúsculo. La apertura de asilos privados apenas amplía el rol de los emprendimientos en los servicios de cuidados. Esto no borra su carácter necesario, pues en crisis también son bienvenidas soluciones coyunturales. Pero pragmatismo, como conversé con alguien recientemente, no implica integralidad.
La creación de las sociedades mixtas parece ser una decisión de mayor trascendencia. Y, de hecho, lo es por tres razones:
Profundiza las relaciones entre el sector estatal y el privado al regular una nueva figura jurídica: las sociedades de responsabilidad limitada (SRL) mixtas.
Permite actividades económicas donde el sector privado no puede invertir solo.
Es el punto de partida regulatorio para la transición hacia una economía mixta.
Sin embargo, surgen varias preguntas: ¿Coinciden los objetivos declarados y los subyacentes? ¿Cómo pasará del papel a la práctica? ¿Cómo se conectan las mixtas con los demás actores empresariales del país?
Oportunidades a la vista
El decreto-ley 114 de 2025 es la norma jurídica que regula las SRL mixtas, el actor económico más nuevo del tejido empresarial. La “mixtura” puede darse entre dos o más empresas. O sea, no está limitada al binomio estatal-privada, sino que puede surgir de la asociación entre dos privados y un estatal, o dos estatales y un privado, e incluso más.
Las fuentes del capital de estas sociedades provienen de las aportaciones de todas las partes asociadas. Para simplificar el análisis, asumamos el ejemplo de dos empresas, una estatal y una privada. Supongamos que la estatal Empresa Cubana del Pan y una mipyme privada de alimentos acuerdan un negocio rentable para la elaboración de productos de panadería y dulcería. En nuestro caso hipotético, la parte estatal podría aportar la panadería, incluyendo el local, un horno industrial y un almacén, y la privada podría aportar una cámara de fermentación, un vehículo ligero para el transporte de mercancías y divisas para importar la materia prima.
La diferencia con un contrato económico entre ambos actores es que, para crear una SRL mixta, la empresa estatal y la privada se desprenden de la propiedad de los bienes aportados, que se transfieren a la nueva empresa. La SRL mixta es una tercera, autónoma por sí misma, con capital y patrimonio propio, que sirve como la figura jurídica para materializar el modelo de negocio acordado entre la Empresa Cubana del Pan y la mipyme privada.
Las SRL mixtas se regulan supletoriamente por la misma norma jurídica que las mipymes. Esto significa que también son micro, pequeñas o medianas empresas tanto por su organización societaria (SRL) como por el número de ocupados (no pueden superar los 100). Si bien comparten facultades........
