Abelardo De la Espriella puede ser presidente: el juramento no derrota La Constitución
En uno de los apartes del comunicado se lee lo siguiente: “consideramos que, por sus implicaciones éticas, jurídicas y políticas, una persona que haya hecho ese juramento para adquirir la nacionalidad estadounidense no puede ser presidente de Colombia, por cuanto existe una incompatibilidad evidente entre las renuncias y obligaciones implicadas en ese juramento y la naturaleza y funciones de la presidencia en Colombia”. En otras palabras, quien presta juramento de lealtad a los Estados Unidos contrae un compromiso incompatible para ejercer la presidencia en el Estado colombiano. La tesis podrá ser políticamente atractiva, y respetable en virtud de quienes suscribieron el documento, más no vinculante, pues carece de sustento jurídico por las razones que a continuación explicaré.
La Constitución Política de 1991 indica quién puede ser Presidente de la República. El artículo 191 establece que para ser Presidente de la República se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años. El constituyente no exigió exclusividad de........
