Representación y autonomía local
3 y 4
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0 y 2
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1 y 8
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5 y 7
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no
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6 y 9
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Por Luis Fernando Álvarez Jaramillo - lfalvarezj@gmail.com
De acuerdo con los parámetros que marca la Constitución, la ley 136 de 1994, con las adiciones y modificaciones consagradas por la ley 1551 de 2012 y demás disposiciones de modificación y adición, señalan con todo detalle cuáles son las funciones principales de los alcaldes municipales.
Hay que resaltar que, particularmente y para efectos de claridad, la ley 1551 presenta dichas competencias, señalándolas por grupos, así. 1. Las que tienen relación con el concejo. 2. Las relacionadas con el orden público. 3. Las que se tienen en relación con la Nación, el departamento y las autoridades jurisdiccionales. 4. Las relacionadas con la Administración Municipal. 5. Las relacionadas con la ciudadanía. 6. Las que se refieren a la prosperidad integral de su región.
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