¿PUEDE ELUDIRSE LA CONSTITUCIÓN SIN VIOLARLA?, columna de María Isabel León
Hay una pregunta que el derecho constitucional no debería esquivar: ¿puede hacerse indirectamente aquello que la Constitución prohíbe directamente? El artículo 2 de la Constitución establece que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe. Pero esa regla, fundamental para la libertad, ¿permite utilizar una vía formalmente distinta para obtener exactamente el resultado que una prohibición constitucional busca evitar?
La Constitución establece que el mandato presidencial dura 5 años y que no hay reelección inmediata. Imaginemos que un presidente que acaba de concluir su........
