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El derecho a la información

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28.05.2026

Una mala práctica que existe en los edificios o conjuntos residenciales, cuando se le solicita información al administrador, es manifestar que todo lo existente en la copropiedad goza de protección de confidencialidad por las normas de habeas data, imposibilitando que los propietarios conozcan la información solicitada y, por ende, vulnerando tanto el derecho a la propiedad como el derecho a la información, ambos protegidos constitucionalmente.

La Corte Constitucional, mediante las sentencias T-114 de 2018 y SU-328 de 2005, ha unificado el concepto sobre la información que debe ser suministrada y cuál no. Las clasifica en cuatro categorías:

Pública: “Es aquella que, por mandato legal o constitucional, puede ser conocida por cualquier........

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