La Ley de Minas y los artÃculos que faltan, por Omar Ãvila
La Ley de Minas y los artÃculos que faltan, por Omar Ãvila
X e Instagram: @OmarAvilaVzla
La discusión de la Ley Orgánica de Minas ha superado su primer tercio con 55 artÃculos aprobados. En este momento, puede afirmarse que Venezuela ya tiene una arquitectura de control minero: sabe quién manda, quién recauda y quién fiscaliza, pero lo que aún no queda claro es ¿qué vamos a construir con lo que extraemos?
Los artÃculos que faltan no son un trámite, son la diferencia entre una ley de extracción y una ley de desarrollo, que plantea por lo menos cinco debates que deben darse en el espacio legislativo.
El artÃculo 56 describe con precisión las actividades conexas a la minerÃa (procesamiento, transformación, fundición, refinación), pero no obliga a ningún concesionario a ejecutarlas en territorio venezolano, lo cual genera una grieta por donde se escapa la oportunidad de incorporar nuevas tecnologÃas y desarrollar personal en el paÃs.
El artÃculo 56 describe con precisión las actividades conexas a la minerÃa (procesamiento, transformación, fundición, refinación), pero no obliga a ningún concesionario a ejecutarlas en territorio venezolano, lo cual genera una grieta por donde se escapa la oportunidad de incorporar nuevas tecnologÃas y desarrollar personal en el paÃs.
Los artÃculos pendientes sobre concesiones de gran escala deberÃan incorporar una cláusula de industrialización progresiva en origen, al estilo de Botsuana con los diamantes de De Beers, donde exigieron que un porcentaje creciente de la producción bruta fuera cortado y pulido en suelo botsuanés antes de exportarse. En una década, Gaborone se convirtió en centro mundial del comercio de diamantes. Venezuela podrÃa hacer lo mismo con el nÃquel, el coltán o el litio, estableciendo........
