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Artículo 19, Perteneces, Litigio, AMDA, Observatel, su inconsecuencia sobre los derechos de las audiencias

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21.09.2026

Los cuestionamientos desproporcionados que se hicieron en torno al tema del proyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, puesto a discusión por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), evidenció la incongruencia y las contradicciones de varios analistas, especialistas en la materia y organizaciones civiles que se han dedicado a analizar la relación Estado-medios de comunicación, a defender la libertad de expresión y los derechos de los periodistas y de las propias audiencias.

Porque terminaron sumándose a la campaña de desinformación promovida por la derecha política y mediática que acusó al gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo de pretender censurar a los medios y de buscar influir en sus contenidos y líneas editoriales.

De esta manera las organizaciones y personajes que se han especializado en los asuntos que competen al periodismo y la comunicación mostraron que también saben manipular y distorsionar los hechos y, lo que es más relevante, cambiar de postura y convicciones cuando se trata de favorecer e inclinarse por determinados intereses políticos.

En este sentido optaron por apoyar al conservadurismo mexicano y su permanente guerra sucia mediática con la cual, a través de la propagación de narrativas falaces, como: narcopartido, vivimos en una dictadura, México se encamina a convertirse en Venezuela, nos gobierna el comunismo y, ahora, el gobierno quiere censurar a los medios, buscan generar un hartazgo social en contra de los gobiernos morenistas con la apuesta de que este malestar se vea reflejado en las urnas.

Derechos de las audiencias, breve recuento

La estrategia de manipulación se decantó desde que la CRT dio a conocer, a finales del pasado mes de julio, su “proyecto” de lineamientos, el cual puso a “consulta pública”, del 27 de julio al 21 de agosto, con el propósito de recibir propuestas.

Como si se tratara de lineamientos ya aprobados, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrado en vigencia, las objeciones alarmistas que se hicieron a dicho proyecto recurrieron a las expresiones habituales que se utilizan cuando se intenta regular al sector de la radio y la televisión en México, empezando por la infaltable cantaleta de la Ley Mordaza, la cual fue reforzada con frases bulliciosas buscando generar confusión y molestia entre la población.

Entre las expresiones destacaron las siguientes: el gobierno pretende censurar a los medios y periodistas independientes; la CRT decidirá qué noticias son verdaderas o falsas, se conformará un ministerio de la verdad y habrá una policía de contenidos.

Ese tipo de argumentos habían sido utilizados en diversas ocasiones por los concesionarios de la radio y la televisión, por varios de sus comunicadores y hasta por la jerarquía católica. La ocasión más reciente fue en 2017, año en que se desplegó toda una operación mediática y política para echar abajo los derechos de las audiencias que fueron establecidos en la Constitución federal tras la reforma de 2013 y que se desarrollaron con la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2014.

Cabe recordar que, derivado del Pacto por México (un acuerdo político signado en diciembre de 2012 por el entonces titular del Poder Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, y los presidentes del PAN, PRI y PRD), se impulsó, primero, una reforma constitucional en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, cuyo decreto se publico en el DOF el 11 de junio de 2013.

Dicho decreto estableció en el artículo 6o. constitucional, en su apartado B, fracciones III y IV, que la radiodifusión (concepto que comprende a la radio y a la televisión), es un servicio público de interés general “por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad (...) preservando la pluralidad y la veracidad de la información”.

Además, se prohibió “la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”. Mientras que en la fracción VI se dispuso que: “La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”. (énfasis añadido).

Posteriormente, el 14 de julio de 2014 se expidió la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (DOF del 14/07/2014), en la cual se consideró un capítulo denominado “De los Derechos de las Audiencias” y se refrendó en el artículo 256 que el servicio público de radiodifusión de interés general debía prestarse en condiciones de competencia y calidad, “a efecto de satisfacer los derechos de las audiencias, para lo cual, a través de sus transmisiones brindará los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y veracidad de la información”.

Algunos de los derechos de las audiencias establecidos mandataban a los concesionarios que transmitieran: “contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural lingüístico de la Nación”, una “programación que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones”, así como diferenciar “con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta” y aportar “elementos para distinguir entre publicidad y el contenido de un programa”.

Además, se determinó que los concesionarios de radiodifusión y de televisión o audio restringidos, deberían expedir códigos de ética “con el objeto de proteger los derechos de las audiencias. Los códigos de ética se deberán ajustar a los lineamientos que emita el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, lo que fue el IFT.

Al siguiente año, el 10 de julio de 2015, el pleno del IFT aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias, con un primer periodo de 20 días hábiles, que posteriormente se amplió de 10 días hábiles más por acuerdo del IFT.

Durante dicha consulta pública se recibieron 65 participaciones, en las que sujetos regulados, integrantes de la Cámara de Diputados, organizaciones de la sociedad civil, miembros de la academia e interesados en la materia, expusieron “comentarios, opiniones, y propuestas al Anteproyecto”, mismos que fueron considerados por el IFT para modificar y adecuar el respectivo Anteproyecto. Tras este proceso, el 21 de diciembre de 2016 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual el Pleno del IFT aprobaba y emitía los “Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias” (Lineamientos IFT).

Aquellos lineamientos, en su Capítulo II, sobre los “Derechos de las Audiencias”, plantearon en su Sección IV las: “Acciones para implementar mecanismos de protección de los derechos de las audiencias”, en cuyo artículo 15 se fijó que, para “diferenciar claramente la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, la persona que brinda la información deberá advertir al momento de realizarla, de manera expresa y clara, que la manifestación realizada o que realizará constituye una opinión y no es parte de la información noticiosa que presenta.

También podrán implementarse acciones como la inclusión de plecas, cortinillas o pantallas completas que adviertan a las audiencias sobre la diferenciación referida”.

La andanada contra los Lineamientos del IFT

Esta regulación, que debía entrar en vigor en enero de 2017, causó un gran disgusto en personajes relacionados con las empresas concesionarias de radiodifusión y entre “periodistas” profesionales en la mentira y en la distorsión informativa.

Por ejemplo, Carlos Loret de Mola publicó el 25 de enero de 2017 en El Universal su texto titulado: “Cortinilla de advertencia”, donde aseveró que, con el argumento de defender los derechos de las audiencias, los consejeros del IFT estaban asumiendo “actos de autoridad propios de regímenes autoritarios que afectan las libertades” que podrían “despertar la envidia de gobiernos como los de Maduro, Putin o Castro. Ni ellos se atreven a tanto”.

Y luego cuestionó el hecho de que “cualquier periodista de radio y televisión tendrá que avisar al público, mediante una cortinilla, cada vez que vaya a emitir una opinión, para que el radioescucha o el televidente puedan distinguir la opinión de la información”, y enseguida refirió ejemplos irrisorios:

“El dólar cerró ayer en 22.25 pesos a la compra”. Cortinilla producida: lo que usted escuchará a continuación es una opinión. “Vaya caída que experimentó el peso tras las declaraciones del presidente de Estados Unidos, Donald Trump”. Cortinilla producida: a continuación, un segmento de información. “A la venta, se cotizó en 21.95”. Así tendrían que ser los noticieros. Como si las audiencias no supieran distinguir. Sería hasta cómico si no fuera porque el Instituto tiene facultades que ya quisiera cualquier órgano censor de un gobierno autoritario”.

A finales de enero de aquel año, hasta la Arquidiócesis de México se metió al tema de los derechos de las audiencias e incomprensiblemente también criticó la reforma al IFT desde su editorial del semanario Desde la Fe, titulado “Democratización de medios de comunicación”, en donde, tras señalar que la libertad de expresión no debería estar subordinada al protagonismo indiscriminado de un instituto, aseguró que los Lineamientos eran un instrumento de acoso y presión para los informadores y medios:

“Así, el resultado es un Ifetel con facultades extralegales y cuasinquisitoriales, obligando a distinguir entre opinión e información, lo que deriva en fiscalizaciones informativas que coartan la libertad de expresión, reconocida en nuestra Constitución”. (La Jornada. 30/01/2017)

Evidentemente, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), también ejercicio presión y, formalmente, solicitó al IFT, a finales de enero de 2017, mediante una carta dirigida a quien presidia el organismo, Gabriel Contreras, que prorrogara la entrada de los lineamientos ya que podrían convertirse “en claros instrumentos de censura”, dañando a cientos de comunicadores nacionales y locales, así como a los miles de personas que a diario dan su opinión en estaciones de radiodifusión (La Silla Rota. 25/01/17)

La presión fue tal que el IFT se vio orillado a postergar en dos ocasiones la entrada en vigor de los Lineamientos. Voces que en aquel entonces mantuvieron una postura crítica ante los medios de comunicación electrónicos y la influencia y presión que ejercían ante leyes que afectaban sus intereses económicos y su influencia política, expresaron su sorpresa ante el ataque........

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