¿”Existen” las leyes pro crimen?, por César Azabache Caracciolo
Llama la atención que esta cuestión esté siendo planteada en términos de "existencia". Las ocho u once leyes en debate —la cuenta varía si incluimos las de DDHH— han sido promulgadas, por ende, existen. La cuestión a discutir es si llamarlas "pro crimen" se justifica, porque quienes las defienden, básicamente quienes defienden la producción legislativa del Congreso anterior, pretenden que son leyes "pro derechos".
Creo que la clave está en notar a quiénes pertenecen esos derechos. Más que derechos, encuentro que protegen en realidad intereses muy particulares. La clave para identificarlos está en encontrar el contexto que explica cada ley. Ese contexto no siempre es coetáneo a ellas. Algunas de estas leyes se redactaron para resolver problemas presentes, pero se muestran clausurando un pasado inmediato.
La ley que con mayor rigor describe la cuestión de los intereses propios y presentes es la ley Soto, la 31751, sobre la suspensión de la prescripción. El señor Soto, que fue presidente del Congreso, se cuenta entre los promotores de una ley que le permitió cerrar un caso propio en cuanto fue promulgada; un caso por el que podría haber sido condenado. Los recortes al procedimiento de extinción de dominio son fáciles de asociar con el caso de Los Dinámicos del Centro, que afectó el patrimonio de la familia Cerrón. La prohibición de incluir partidos en la lista de organizaciones criminales ha sido usada expresamente a su........
