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Quiénes son y qué poderes tienen los inspectores que han revisado el servicio de Minas: así funciona la "fiscalía interna" del Principado

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02.04.2026

Quiénes son y qué poderes tienen los inspectores que han revisado el servicio de Minas: así funciona la "fiscalía interna" del Principado

La Inspección General de Servicios actúa con total autonomía, sus miembros son agentes de la autoridad y la Administración está obligada a facilitarles expedientes, datos, visitas y acceso a sistemas informatizados

Quiénes son y qué poderes tienen los inspectores que han revisado el servicio de Minas: así funciona la "fiscalía interna" del Principado / Unsplash

El informe interno sobre el funcionamiento del servicio de Minas que este lunes evaluará el Gobierno del Principado pone el foco sobre un órgano poco conocido fuera de la Administración autonómica, pero con capacidad real de control interno: la Inspección General de Servicios del Principado de Asturias.

Se trata de la unidad que ha examinado durante meses cómo funcionaba el área que estaba encargada de vigilar las explotaciones mineras y conceder sus autorizaciones. El servicio de Minas y en particular su actividad inspectora han estado bajo análisis ya en la comisión de investigación parlamentaria sobre el trágico accidente minero de Cerredo en el que fallecieron cinco trabajadores.

El documento elaborado por la Inspección General de Servicios, concluido hace días en su redacción definitiva, como ha desvelado LA NUEVA ESPAÑA, llevará al Gobierno autonómico a adoptar medidas extraordinarias. El análisis del servicio fue encargado por el propio Presidente, Adrián Barbón, dentro de su compromiso público de "llegar a la verdad caiga quien caiga". El Presidente tiene potestad para solicitar los informes que considere, si bien la Inspección General de Servicios suele trabajar con una planificación anual, aunque puede llevar a cabo inspecciones cuando considere.

La "fiscalía interna" del Principado

No es un órgano político ni una comisión externa. La ley asturiana define a la Inspección General de Servicios como el instrumento encargado de velar por el buen funcionamiento de la Administración autonómica, de sus organismos públicos, entes, sociedades mercantiles y fundaciones controladas por el Principado. Su misión consiste en comprobar si la actuación administrativa se ajusta a la legalidad, si funciona con eficacia y si emplea los recursos públicos de manera racional.

El propio Barbón llegó a describir este órgano, tras el accidente de Cerredo, como una especie de “fiscalía interna” o de “asuntos internos” de la Administración. La comparación no era casual. La norma le reconoce “plena autonomía e independencia” en el ejercicio de sus funciones, aunque orgánicamente dependa de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, que lidera Gimena Llamedo. Al frente de la estructura de la Inspección General de Servicios se sitúa un inspector o inspectora general de servicios, asistido por inspectores y otro personal adscrito.

Agentes de la autoridad

Uno de los elementos que refuerzan su posición es el estatuto de sus miembros. Tanto el inspector general como los inspectores tienen, cuando actúan en el ejercicio de sus funciones, la condición de agentes de la autoridad. Además, sus actas tienen valor probatorio y gozan de presunción de veracidad. Eso significa que sus actuaciones no son meras comprobaciones burocráticas sin efectos, sino intervenciones formalizadas que pueden dejar constancia de hechos, anomalías, obstrucciones o incumplimientos con relevancia administrativa.

La ley también impone un deber expreso de colaboración a todos los órganos, servicios y empleados incluidos en su ámbito de actuación. En la práctica, eso obliga a remitir a la Inspección disposiciones internas, instrucciones y órdenes de servicio; poner a su disposición expedientes, actas, libros, documentación y antecedentes; cumplimentar cuestionarios; comparecer personalmente cuando sean requeridos; facilitar las visitas inspectoras, y aportar los medios personales y materiales que resulten necesarios para la investigación.

Acceso a datos, expedientes y sistemas

El reglamento que desarrolla la ley concreta aún más ese poder de acceso. Los inspectores pueden realizar visitas presenciales, auditorías funcionales, entrevistas, comparecencias y análisis de información, y pueden acceder a bases de datos administrativas y sistemas informatizados. También pueden consultar nóminas, expedientes de personal y otros registros o archivos que consideren necesarios, eso sí, con la debida identificación y dejando huella o registro de dicho acceso. Más que una imagen de registro indiscriminado de ordenadores, la norma dibuja un acceso formalizado a los sistemas internos de la Administración cuando sea preciso para la actuación inspectora.

Colaborar no es opcional

Ese deber de colaboración no es optativo. Si no se presta en plazo o se produce cualquier obstrucción que dificulte la labor inspectora, los inspectores pueden levantar un acta de obstrucción y el inspector general poner los hechos en conocimiento del superior jerárquico correspondiente, con propuesta incluso de apertura de expediente disciplinario. Es decir, la Administración no solo debe dejarse inspeccionar: también debe cooperar activamente con quienes ejercen esa función.

¿Cómo se activa una inspección?

Las actuaciones de la Inspección General de Servicios pueden ser ordinarias, cuando forman parte de su plan anual, o extraordinarias, cuando se abren al margen de ese plan. En este segundo caso, pueden iniciarse por iniciativa propia, por orden del presidente del Principado, del Consejo de Gobierno o de la consejería de la que dependa orgánicamente, a petición razonada de otros consejeros o responsables de entes públicos, o por denuncia. En el caso de Minas, la revisión fue encargada por Adrián Barbón tras el accidente de Cerredo, en el que murieron cinco trabajadores en una explotación en la que, según la investigación judicial, se extraía carbón de manera ilegal.

Un procedimiento reservado

El procedimiento tiene carácter reservado y no se limita a una mera recopilación de papeles. Tras la apertura de la actuación, el inspector general asigna el asunto y aprueba un programa de trabajo que fija el objeto, el alcance y el calendario de la inspección. A partir de ahí, los inspectores deciden la metodología concreta, siempre sobre la base de elementos de convicción “suficientes y relevantes”, según establece el reglamento. El resultado se plasma en actas e informes, primero provisionales y después definitivos, tras el correspondiente trámite de audiencia a los responsables afectados.

Informes con consecuencias

Esos informes no tienen por sí mismos naturaleza judicial, pero sí pueden tener consecuencias relevantes. Pueden contener análisis, diagnósticos, recomendaciones para corregir deficiencias, propuestas de mejora, actuaciones de seguimiento e incluso propuestas de apertura de expedientes disciplinarios. Si durante la inspección se aprecian indicios de responsabilidad contable, se da traslado a Hacienda. Y si aparecen indicios de delito, la Administración debe comunicarlo al Ministerio Fiscal.

En el caso del servicio de Minas, el interés político y administrativo del informe está en que no se trata de una valoración informal ni de una revisión política encargada para cubrir el expediente, sino del trabajo del órgano interno específicamente diseñado para examinar si la Administración actuó conforme a la legalidad, con eficacia y con medios adecuados. Y eso explica que sus conclusiones puedan servir ahora de base para adoptar decisiones extraordinarias del servicio y también para alimentar, más adelante y muy probablemente, los trabajos de la comisión parlamentaria de investigación en la elaboración del dictamen.

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Quien vigila a la Administración

En suma, la Inspección General de Servicios es el órgano que mira desde dentro a la propia Administración asturiana. En el Ejecutivo asturiano se recalca esa condición para señalar que el hecho de que haya sido este órgano, y no otro, el que haya evaluado el funcionamiento del servicio de Minas da una medida de la relevancia que el Gobierno atribuye a las pesquisas relativas al accidente de Cerredo.

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