Tocaría al Perú el rompimiento con la entidad “república Árabe Saharahui Democrática”
De acuerdo con el derecho internacional la desvinculación de un Estado, en su condición de sujeto de derecho internacional, es decir, actor con derechos y deberes, de su relación con otro, o la de un Estado con cualesquiera de una diversidad de actores que podría incluir a no convencionales, en general, suele pasar por etapas sucesivas, siempre lógicas y esperadas en la intensidad de las progresivas referidas desvinculaciones, y que son: congelamiento, suspensión y rompimiento (ruptura). Son decisiones soberanas y unilaterales por lo que ningún Estado se debe a nada ni a nadie por decidirlas, y por tanto, no requieren de ningún permiso o autorización para efectivizarlas, y mucho menos justificarlas. El flamante gobierno de Abelardo de la Espriella, presidente de la República de Colombia, acaba de hacerlo, decidiendo el congelamiento de las relaciones con la autoproclamada “República Árabe Saharaui........
