A votar: llueva, truene o relampaguee
Si bien es verdad que, por la normatividad peruana, especialmente el artículo 31 de la Constitución, “tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil (a partir de los 18 años) […] y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad”, quienes en las próximas elecciones generales del 12 de abril, en primera vuelta, y en el mes de junio, en segunda, no vayan a votar sin tener impedimento ni excusa válida, no tendrán perdón de Dios. Recordemos lo que pasó en la segunda vuelta del año 2021, en que competían a la Presidencia de la República Keiko Fujimori y Pedro Castillo. La primera tuvo 8,792,117 votos (49.87 %) y el segundo 8,836,380 votos (50.12 %), con una diferencia a favor del........
