Libertad de expresión e identidad nacional en el deporte
Existen debates que, en realidad, esconden viejos tics autoritarios incompatibles con el marco de libertades de un Estado democrático y de derecho. La violencia policial en la persecución de la estelada catalana en Elx (persecución que también ha sufrido históricamente la estreleira gallega en Vallecas —2017—, Leganés —2018 y 2019— y Valladolid —2013—) obliga a una profunda reflexión jurídica desde la perspectiva de los derechos fundamentales.
Desde un punto de vista estrictamente legal, conviene recordar que el uso ciudadano de banderas no oficiales como la estelada catalana o la estreleira gallega está plenamente amparado por el derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 20 de la Constitución. La jurisprudencia contenciosa, apoyándose en la de los Tribunales Constitucional y Europeo de Derechos Humanos, ha determinado reiteradamente que estos símbolos identitarios no incitan a la violencia, al racismo ni a la xenofobia, por lo que mostrarlos pacíficamente en cualquier recinto deportivo ha de ser tan incoercible como en la vía pública. De este modo, cualquier interpretación de la Ley 19/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y........
