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La moral administrativa

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08.04.2026

La moral administrativa

La Constitución Política de Colombia de 1991 garantiza la libertad de prensa, fundamentalmente en su artículo 20, el cual consagra la libertad de expresión, de opinión y de información, así como la prohibición expresa de la censura. Esta norma no solo protege el derecho a informar, sino también la creación y el ejercicio de los medios masivos de comunicación, los cuales deben actuar bajo un principio ineludible: la responsabilidad social.

Sin embargo, en la práctica, la prensa no siempre cumple ese rol. No puede ni debe ser convertida en una cortina de humo para disfrazar la corrupción, polarizar a la opinión pública o beneficiar la inmoralidad administrativa.........

© El Universal