Verdad real vs encubrimiento
Los últimos meses —para centrarnos sólo en los más cercanos— han sido bastante profusos en escándalos que han terminado invariablemente en procesos judiciales, principalmente penales; aunque al final del día lo realmente ocurrido en cada caso no ha podido ser esclarecido, pese a que hubo detenciones, liberaciones y demás cuestiones que simplemente son accesorias al fondo de esos asuntos.
Advierta amable lector que el proceso penal conforme ordena el art. 171 del CPP tiene como propósito dar con la verdad histórica o real de los hechos investigados y juzgados y, hasta la Constitución ensangrentada de La Calancha proclama por su art. 180. I como principio cardinal de la justicia ordinaria, dar con la verdad histórica de los hechos juzgados. Ello significa en buen romance que el sistema de administración de justicia penal, por lo menos, tendría mediante el proceso que responder a las clásicas preguntas del qué, el quien, el cómo, el cuándo, el por qué y el para qué.
No obstante, escándalo y show aparte; es muy pero muy frecuente que en casos de alta relevancia que involucran al poder político partidario o al........
