La tragedia no autoriza cheques en blanco
He leído y analizado con detenimiento el proyecto de acuerdo presentado por el alcalde de Montería solicitando facultades para modificar el presupuesto, y el concepto técnico-jurídico del Concejo Municipal. Después de revisar el marco constitucional y la jurisprudencia aplicable, mi conclusión es clara: el Concejo actuó correctamente al negar la discusión de un proyecto que, aunque revestido de urgencia humanitaria, es jurídicamente inconstitucional. Es una irresponsabilidad de la alcaldía.
El alcalde solicita facultades "hasta por el término de seis meses para realizar adiciones y traslados en el presupuesto general de ingresos y gastos de la vigencia 2026" entre funcionamiento, inversión y servicio de la deuda con el argumento de la calamidad pública declarada como consecuencia de las inundaciones que afectan a Montería. Y, aunque precisa el tiempo de las facultades, seis meses, no precisa la cuantía de las modificaciones. Tampoco se puede. Nadie puede negar la gravedad de la emergencia. Las lluvias, el desbordamiento del río Sinú y las afectaciones a viviendas e infraestructura exigen acción inmediata. Pero en momentos de crisis es cuando más se necesita el apego estricto a la Constitución. La urgencia no puede convertirse en coartada para desconocer el diseño institucional del Estado. El problema jurídico........
