El oficio de legislar, en el municipio
Nuestro compatriota Andrés Bello fue Senador de Chile por muchos años. Su fecunda labor legislativa abarcó materias tan importantes como variadas. En 1840, al presentar el proyecto de Comisión de Legislación, define la tarea: legislar ordenadamente descartando lo superfluo y lo que pugne con las instituciones republicanas, dirimiendo los puntos controvertidos en el derecho y no admitiendo, fuera de éstas, otras innovaciones que las necesarias para la simplicidad y armonía del cuerpo legal.
La semana pasada, junto a otros dos profesores, participé en un cursillo para concejales del municipio San Diego de Carabobo. La formación de munícipes es trabajo que en la Cátedra Libre Andrés Bello de Ética Cívica en la Legislación y la Administración Local de la UCAB valoramos especialmente y realizamos con gusto, sin distingos de tendencia política, porque a todos nos convienen gobiernos locales que funcionen, en el marco de la Constitución y la ley, al servicio de sus ciudadanos.
Los contenidos compartidos fueron Marco Constitucional, Presupuesto con sentido de Desarrollo Económico Local y Técnica Legislativa. Me correspondió éste último.
Las normas hay que ubicarlas en el sistema al que pertenecen. Un sistema es un conjunto........





















Toi Staff
Gideon Levy
Tarik Cyril Amar
Mort Laitner
Stefano Lusa
Mark Travers Ph.d
Andrew Silow-Carroll
Robert Sarner