La delgada línea de la Flagrancia en casos de violencia de género: Entre la protección a la víctima y el respeto al debido...
«La justicia penal es un combate; pero un combate leal.»
Francesco Carnelutti, Miserias del Proceso Penal
La violencia contra la mujer sigue siendo una dolorosa realidad que exige una respuesta firme y eficaz por parte del sistema de justicia. En este contexto, la figura de la flagrancia, delineada en el Artículo 112 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LODMVLV), juega un papel fundamental para permitir una intervención oportuna en situaciones críticas.
Dicho artículo establece los supuestos en los que un delito se considera flagrante, incluyendo la novedad del hecho, la persecución inmediata del agresor y, de manera crucial para el debate que nos ocupa, cuando la persona ofendida o agraviada formula la denuncia dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comisión del hecho punible. Esta última disposición reconoce la particularidad de estos casos, donde la víctima puede necesitar un tiempo para asimilar lo ocurrido y decidirse a denunciar.
No obstante, es imperativo analizar con detenimiento las........
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