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Cuidado con los permisos o días libres después de la jornada de elecciones

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18.07.2026

Cada vez que hay elecciones, las urnas se llenan de votos, pero las oficinas se llenan de preguntas. Para nadie es un secreto que la ley colombiana premia a quienes votan y a quienes vigilan las mesas como jurados. Sin embargo, lo que nace como un incentivo ciudadano suele convertirse en un dolor de cabeza para los departamentos de recursos humanos. ¿Cómo se piden estos días?, ¿son acumulables?, ¿se pueden cambiar por dinero?

Los beneficios están previstos en la Ley 403 de 1997 y en el Código Electoral. El primero aplica al votante: todo trabajador que presente su certificado electoral tiene derecho a media jornada de descanso remunerado, la cual debe disfrutarse dentro........

© El Heraldo