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Un derecho constitucional ‘bloqueado’

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01.06.2026

La Constitución Política del Estado consagra de manera clara y precisa el derecho al libre tránsito en su artículo 21, numeral 7, donde establece que toda persona tiene derecho “a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano”. Ese precepto constitucional, fundamental para la convivencia democrática y el normal desenvolvimiento de la vida económica y social, viene siendo vulnerado sistemáticamente por los recurrentes bloqueos de carreteras que paralizan al país durante días e incluso semanas enteras.

La protesta social es un derecho legítimo en democracia. Sin embargo, ningún derecho puede ejercerse de manera absoluta ni atropellando los derechos de los demás ciudadanos. Los bloqueos de caminos han dejado de ser simples mecanismos de presión para convertirse, en muchos casos, en actos coercitivos que restringen libertades esenciales y generan graves perjuicios humanos, económicos y sociales. Impedir por la fuerza la circulación de personas, vehículos, alimentos, combustibles y medicamentos constituye una flagrante contradicción con la Carta........

© El Deber