menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Rellenando los agujeros de la discriminación a las víctimas del Estado

17 0
27.03.2026

Una de las consecuencias que está dejando la denominada “batalla del relato” es la respuesta abiertamente discriminatoria de las políticas públicas hacia las víctimas de violencia de motivación política. No solo dependiendo del signo de la violencia padecida (sea esta de organizaciones armadas o estatal), sino dentro de este último grupo, modulando ya diferencias en base a “quién”, “cuándo” y “dónde”.

Si la legislación de víctimas es un verdadero gruyere, para las víctimas del Estado presenta más agujeros que sustancia.

Es el caso de la última modificación de la ley española 20/2022 de Memoria Democrática que, una vez más, se ha conseguido gracias a la perseverancia de las familias de las víctimas, en este caso la del malagueño Manuel José García Caparros, muerto en una manifestación por disparos de la Policía Armada el 4 de diciembre de 1977.

La nueva Ley aumenta “el derecho a una indemnización, por una cuantía de 250.000 euros, a las personas beneficiarias”. Una actualización loable, sin duda, para quien pueda beneficiarse, pero que amplía la brecha entre víctimas, esta vez del mismo ámbito. Porque apuntada la voluntad de aumentar la cuantía, inmediatamente impone límites a las víctimas beneficiarias.

En referencia al “cuando”, se reduce a los casos que se puedan acreditar entre “el 1 de enero de 1968 y el 29 de diciembre de 1978”. Antes de esa fecha arbitraria,

¿no se produjeron casos de vulneraciones? Sin ir hasta el año 1950, con casos emblemáticos como el de Txomin Letamendi (también fuera de la Ley vasca 12/2016 de Reconocimiento, por cierto), ¿por qué quedarían fuera casos como el de Batarrita Elexpuru, acribillado en un control de carretera al ser confundido con miembros de ETA en........

© Deia (Tribuna Abierta)