Un primer paso para la seguridad energética de Canarias
Hasta ahora, el debate sobre la seguridad de suministro en los sistemas no peninsulares se había planteado casi exclusivamente desde una lógica convencional: si aumenta la penetración de renovables, es necesario instalar más grupos diésel o fuel capaces de proporcionar reserva rodante y servicios de ajuste. Esa aproximación ha condicionado tanto la planificación como los procedimientos de concurrencia competitiva para nueva generación térmica. Así es como lo ha hecho desde el minuto uno el actual Gobierno de Canarias. Y es la postura que desde nuestro colectivo hemos afirmado durante años que está equivocada, no es la más eficiente y tampoco la más eficaz para lograr la descarbonización de las islas asegurando el suministro.
Sin embargo, el RDL 18/2026 introduce dos novedades regulatorias que alteran significativamente ese enfoque y se acerca a las posturas que hemos defendido a lo largo del tiempo. La primera es la incorporación de una nueva categoría específica de “medidas de emergencia” para que la reserva rodante pueda prestarse mediante sistemas de almacenamiento en baterías. No se trata simplemente de permitir baterías conectadas a la red, sino de reconocer expresamente que estas pueden sustituir una de las funciones que tradicionalmente realizaban las centrales térmicas: mantener capacidad de regulación inmediata para responder ante desviaciones de frecuencia o pérdidas súbitas de generación.
La segunda novedad es igualmente importante. El texto condiciona expresamente el reconocimiento económico de estas actuaciones a que la reserva rodante se preste mediante baterías y mientras no existan alternativas de menor coste. Es decir, el propio legislador está estableciendo una preferencia económica por el almacenamiento frente a otras soluciones cuando resulte más eficiente, dándole al Operador del Sistema (REE) un margen amplio........
