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De la Constitución enmendada a los referendos

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24.02.2026

De la Constitución enmendada a los referendos

Autor(es): Pedro Antonio García

Mientras la Ley de Leyes de 1901 se promulgó bajo interferencias foráneas, incluso antes de empezar su redacción, en las de 1976 y 2019 no hubo injerencia extranjera alguna y fueron ejemplo de democracia participativa

Solía decir Fernando Ortiz que para los patriotas cubanos las Constituciones fueron como el escudo, la bandera y el himno de Bayamo, un símbolo de la nación libre. Cuando aún se combatía contra la dominación española, los libertadores se reunieron en Guáimaro (1869) con el fin de proclamar una Ley de Leyes que ordenara jurídicamente la vida y los actos de nuestros compatriotas durante la insurrección.

Otras tres Cartas Magnas rigieron el campo mambí en las guerras de independencia: la muy breve de Baraguá (1878); la de Jimaguayú (1895); y la de La Yaya (1897). En la etapa republicana se promulgaron otras cuatro Ley de Leyes (1901, 1940, 1976 y 2019), las dos últimas con la Revolución Socialista en el poder.

La de 1901 se redactó bajo la primera ocupación estadounidense y estuvo lastrada de groseras interferencias foráneasdesde antes de empezar su redacción; la de 1940 se aprobó en medio de una situación política insólita en el país, lo cual favoreció la inclusión de un articulado progresista; en las de 1976 y 2019 no hubo injerencia extranjera alguna y fueron ejemplo de democracia participativa.

El oprobioso apéndice constitucional

Ya no era solo Máximo Gómez quien criticaba las dilaciones de Estados Unidos de cumplir con su compromiso sobre la independencia de Cuba, Bartolomé Masó, Miró Argenter y otros mambises acusaron al Gobernador Militar Leonard Wood de promover la anexión de Cuba al imperialismo norteño.

Los círculos de poder en Washington comprendieron que ya era hora de convocar a una Asamblea Constituyente con el fin de redactar una Carta Magna para Cuba como nación independiente, siempre y cuando tal documento la ligara definitivamente a su esfera de influencia.

Convocaron así a elecciones a la Constituyente bajo una ley que solo permitía votar a los mayores de 21 años (se excluía a las mujeres) que supieran leer y escribir, tuvieran rentas y propiedades o hubieran sido combatientes del Ejército Libertador. De este modo se dejaba fuera a los cubanos menos pudientes (la mitad del país) y se favorecía a la población de origen español, a la cual se le otorgó plenos derechos ciudadanos.

Por esa razón, junto con independentistas se hallaron exautonomistas y antiguos partidarios del poder colonial entre los delegados electos. Y explica porqué la Carta Magna, si bien establecía el principio de independencia y soberanía y anulaba la existencia de otras leyes que mermaran ese precepto (artículos 1, 36 y 37), a la vez otorgaba al Presidente de la República facultades propias de un Capitán General de la colonia (artículo 68).

Se definía el territorio de la República incluyendo a Isla de Pinos (artículo 2) y garantizaba la igualdad entre todos los cubanos (artículo 11) y las libertades democráticas, entre ellas la de pensamiento, palabra, religiosa y de reunión (artículos 25, 26 y 28), aunque excluía a las mujeres en el voto, solo universal para los hombres (artículo 38).

El 21 de febrero de 1901 los delegados a la Asamblea firmaron el texto definitivo de la Constitución. Nueve días después, cumpliendo instrucciones del mandatario yanqui, el gobernador Wood les comunicó la imposición de la Enmienda Platt: apéndice de la Carta Magna. De no ser aceptada, no habría independencia. Aceptaron el chantaje 16 constituyentes; solo 11 votaron en contra.

En 1975, la Constitución del 40 ya no se ajustaba al momento histórico. Era necesaria una Ley de Leyes que rigiera la nueva etapa de la Revolución. Un grupo de juristas, designado por las organizaciones políticas y de masas, redactó un proyecto de Carta Magna.

En cada centro docente y de trabajo, unidad militar, cuadra citadina, comunidad, finca y cuartón campestre, el pueblo debatió el anteproyecto, y le hizo correcciones y adiciones. Incorporadas las propuestas al texto, se procedió a la redacción final, publicada en folletos y tabloides. El 15 de febrero de 1976, hombres y mujeres mayores de 16 años acudieron a las urnas con el objetivo de ejercer su voto libre y secreto. El 96 por ciento de ellos aprobó la Constitución.

Según su articulado, “la República de Cuba es un Estado socialista de obreros y campesinos y demás trabajadores manuales e intelectuales”, en el que “todo el poder pertenece al pueblo trabajador”. En la Cuba revolucionaria, determinaba “todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes”, y proscribe “la discriminación por motivo de raza, color, sexo u origen nacional […]

“La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del Estado […], elige entre sus diputados al Consejo de Estado”, el cual “la representa entre uno y otro período de sesiones” y “ejecuta los acuerdos de esta”.

La Constitución de 1976 fue proclamada el 24 de febrero de ese año. Bajo su égida se celebró el primer proceso eleccionario a nivel nacional en el cual el pueblo eligió a los delegados de circunscripción, quienes conformaron las primeras asambleas municipales (años después se determinó el voto popular directo también para designar a los diputados).

La democracia en Cuba no es un proceso estático, por su carácter participativo está en constante transformación. Por ello, a esta Carta Magna se le hicieron reformas a lo largo del tiempo, entre las que se encuentran el reconocimiento de la propiedad a las empresas mixtas y se le añadió una mayor precisión en cómo está proscripta la discriminación, al incluirse la de “creencias religiosas y cualquier otro tipo lesiva a la dignidad humana”.

Enraizada en la realidad cubana actual

Para el historiador –recientemente fallecido– Eduardo Torres Cuevas, la Carta Magna de 2019 “es el resultado de un largo proceso de estudio, análisis y discusión. Se estudiaron otras constituciones, la tradición constitucional cubana, los distintos temas que deberían incluirse. Fue uno de los procesos más democráticos del país”.

Una comisión de 33 diputados elaboró el anteproyecto, sometido a consulta popular entre agosto y noviembre de 2018, con la participación de casi 9 millones de ciudadanos, quienes le hicieron más de 666 000 modificaciones, 32 000 adiciones y 45 000 eliminaciones. Se realizó un Referendo Popular para su aprobación el 24 de febrero de 2019. Participaron unos 7 millones 848 000 cubanos (el 90.15 por ciento de la población electoral), de los cuales votaron afirmativamente unos 6 816 000 (el 86.85 por ciento de los votantes).

El acto de proclamación de la Ley de Leyes se llevó a cabo el 10 de abril de 2019, en el 150 aniversario de la Constitución de Guáimaro. Según Danelia Cutié, profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, “está enraizada en la realidad política, económica y social cubana actual que regula, expresa los necesarios cambios que requería su normativa, […] al mismo tiempo preserva las conquistas logradas por el pueblo y la Revolución como señal de perdurabilidad y visión de futuro”.

En su texto se reconoce la coexistencia armónica de diferentes formas de propiedad en nuestra sociedad, reconfigura la cláusula de la Igualdad y al principio de no discriminación se incorporan nuevas figuras (la edad, la discapacidad, la orientación sexual, el género, el origen étnico y territorial).

Regula de modo expreso derechos esenciales y básicos que en ley de leyes precedentes quedaban omitidos o no regulados de manera clara: son los casos del derecho a la vida, la integridad física y moral, la circulación por el territorio nacional, y a la salida y entrada del país, además de la prohibición de la tortura, tratos o penas crueles y las desapariciones forzadas de las personas.

En opinión de la jurista, aparte de ser “obra del poder constituyente democrático, es decir del sujeto colectivo llamado pueblo el cual ha participado de manera activa en su diseño, elaboración y aprobación”, es expresión de continuidad del legado histórico de las luchas revolucionarias, de la obra de la Revolución, de los principios y valores enaltecedores a la nación cubana (soberanía popular, antimperialismo, internacionalismo, solidaridad, democracia, humanismo, dignidad, justicia social, igualdad, bienestar y prosperidad individual y colectiva), así como “una reafirmación de la esencia socialista de nuestro sistema político, económico y social, y su carácter irrevocable”.

*El autor es periodista y profesor universitario. Premio Nacional de Periodismo Histórico por la obra de la vida 2021.

Los libros, Cuba, las máscaras y la sombra, de Rolando Rodríguez; Historia del Estado y el Derecho en Cuba, de Julio Carreras. Textos de las Constituciones de 1901, 1976 y 2019.

Constitución cubana, Cuba, Historia de Cuba, leyes

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