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Del permiso previo al control responsable: superar la permisología sin renunciar al interés público

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06.05.2026

¿Hasta dónde y cómo podría avanzar la juridicidad chilena desde un sistema fuertemente marcado por los controles previos —ex ante— hacia uno más abierto a mecanismos de control posterior —ex post—, sin que ello signifique abandonar la responsabilidad pública del Estado de asegurar que las cosas se hagan bien?

Durante los últimos años, la palabra “permisología” se ha instalado con fuerza en el debate público chileno. El término, aunque impreciso, apunta a un problema real: la creciente dificultad para materializar proyectos debido a la acumulación de permisos, revisiones, informes, autorizaciones sectoriales, plazos inciertos y criterios administrativos muchas veces dispares.

Esta situación no solo afecta a grandes inversiones. También incide en proyectos habitacionales, obras de reconstrucción, equipamientos, pequeñas ampliaciones, iniciativas productivas locales y procesos de regeneración urbana que podrían contribuir al desarrollo de las ciudades y territorios.

Sin embargo, el diagnóstico no debe conducir a una conclusión equivocada. El problema no es la existencia de permisos. Una sociedad democrática necesita reglas, controles y procedimientos que protejan la seguridad de las personas, el medio ambiente, el patrimonio, la calidad urbana, la accesibilidad, la convivencia vecinal y el interés general. El verdadero problema aparece cuando el sistema de permisos se vuelve lento, redundante, opaco o incapaz de distinguir entre proyectos de alto impacto y actuaciones de menor complejidad. Allí la regulación deja de ser garantía de bien público y se transforma en un obstáculo que paraliza, encarece y desincentiva la acción.

En ese contexto, la Ley N° 21.718, sobre agilización de permisos de construcción, y su desarrollo reglamentario mediante el Decreto Supremo N° 10, de 2025, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo —publicado en febrero de 2026—, abren una discusión de fondo: ¿hasta dónde y cómo podría avanzar la juridicidad chilena desde un sistema fuertemente marcado por los controles previos —ex ante— hacia uno más abierto a mecanismos de control posterior —ex post—, sin que ello signifique abandonar la responsabilidad pública del........

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