La ley obliga a la Policía Judicial a guardar “rigurosa reserva” de sus pesquisas, pero también a informar a la Fiscalía
Opinión | CRISIS MIGRATORIA EN CEUTA
La ley obliga a la Policía Judicial a guardar “rigurosa reserva” de sus pesquisas, pero también a informar a la Fiscalía
Pese a que los agentes e incluso los inspectores de Hacienda no pueden revelar datos a terceros de sus investigaciones, altos mandos y funcionarios de la Agencia Tributaria no han sido imputados por revelación de secretos en los casos de los Papeles de Bárcenas y Montoro
El director de la Policía responde a Marlaska que ningún informe policial coloca a Marruecos tras la avalancha sobre Ceuta
Fachada exterior de la Audiencia Nacional, en la calle Génova, a 5 de agosto de 2026, en Madrid (España). / Fernando Sánchez - Europa Press
La decisión de la magistrada de la Audiencia Nacional María Tardón de pedir a la Policía que no se informara a los mandos policiales de la investigación sobre la entrada masiva irregular en Ceuta el 30 y 31 de julio de 2026 tiene su justificación en la propia Constitución Española. En concreto, en el artículo 126 que establece que "la policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca".
Y el Real Decreto de 1987 que regula el funcionamiento del auxilio judicial de la Policía y la Guardia Civil detalla que los funcionarios integrantes "de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial deberán guardar rigurosa reserva sobre la evolución y resultado de las concretas investigaciones que les hubieren sido encomendadas, así como de todas las informaciones que, a través de ellas, obtengan”.
Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 306, consigna que los jueces de instrucción formarán........
