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¿Te pueden embargar por deber la tarjeta de crédito?

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12.04.2026

En la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor, sabemos que la incertidumbre y el miedo son compañeros frecuentes de quienes enfrentan problemas de endeudamiento. Una de las preguntas más recurrentes, y que genera mayor angustia, es si una deuda de tarjeta de crédito puede terminar en un embargo. Es natural preocuparse por el patrimonio, y nuestra misión es brindar información clara, veraz y oportuna para disipar mitos y enfrentar la realidad legal de frente.

La respuesta corta es sí, legalmente es posible. Pero la realidad es más compleja y matizada, y entenderla es el primer paso para tomar decisiones informadas.

El origen legal de tu deuda: un contrato con peso

Cuando solicitas y utilizas una tarjeta de crédito, no solo estás haciendo uso de un plástico; estás celebrando un contrato de apertura de crédito con una institución financiera. Este contrato, lejos de ser un simple acuerdo, es un acto de comercio. Esto significa que cualquier controversia que surja de él se rige por el Código de Comercio, específicamente el Artículo 75, que considera las operaciones financieras y los títulos de crédito como actos de comercio. Por lo tanto, cualquier reclamo se tramitará en materia mercantil, no civil, lo que tiene implicaciones importantes en los procedimientos judiciales.

Más allá del papel: la validez de los contratos digitales

En la era digital, muchas personas obtienen tarjetas o préstamos en línea, lo que a veces lleva a la errónea creencia de que “si no firmé en papel, la deuda no es válida”. Esto es incorrecto. En México, el Código de Comercio, en sus Artículos 89 y 89 Bis, reconoce plenamente la validez de los mensajes de datos y los actos jurídicos realizados por medios electrónicos. Esto significa que un contrato aceptado a través de una aplicación, un portal web, o mediante mecanismos como un NIP, OTP o biometría, genera obligaciones legales tan exigibles como un documento firmado a mano.

Los “títulos........

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