menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Tomémonos en serio la neutralidad de las Cortes españolas

11 0
22.06.2026

Escenario 1º: El 16 de julio de 2024 la Mesa del Senado cedió sus estancias para la celebración de una Cumbre Trasatlántica contra el aborto organizada por la ultraconservadora Red Política por los Valores, en cuya web figura el Senado como "entidad colaboradora". Asistieron y fueron ponentes personas sin la condición de representantes de la ciudadanía. Todos los partidos de la investidura criticaron la resolución del Senado.

Escenario 2º: El 4 de septiembre de 2025 tuvo lugar en el Congreso de los Diputados la celebración de una jornada solicitada por el partido político Vox y admitida por la Mesa del Congreso bajo el título "Ideología de género y denuncias falsas en España y Argentina". Subieron a la tribuna de la jornada diputados de Vox e individuos sin representación política. Los segundos triplicaban a los primeros.

Escenario 3º: El 8 de junio de 2026 el papa León XIV pronunció un discurso en las Cortes españolas, en el que trató además de cuestiones políticas (que podrían corresponderle como jefe del Estado vaticano) otras cuestiones morales y religiosas. Fue aplaudido durante siete minutos.

Relacionado con este tema

"Qué ganas de que acabe la visita del papa y volver a ser un estado aconfesional"

Como los escenarios citados, otros muchos, de empresas, asociaciones y fundaciones. Es necesario proteger la neutralidad de las Cortes al margen de intereses particulares y organizaciones privadas. Las Cortes tienen que ser neutrales y parecerlo ante la atenta mirada de la ciudadanía, que no comprende las concesiones de nuestros representantes. Apunto algunas razones que dañan la neutralidad del Congreso de los Diputados y del Senado.

La declinación de la representación general de la ciudadanía por el Parlamento

No solo el Parlamento, como tal, representa a toda la nación, sino todos y cada uno de sus miembros. Por obra y gracia de la jurisprudencia constitucional, que ya en los primeros años de la democracia española consideró a diputados/as y senadoras/es representantes de la nación española, sin que la intermediación de los partidos políticos, en cuyas listas obtienen el escaño, tenga relevancia jurídica alguna, porque la relación se establece entre los representantes y los votantes. Solo los votantes en unas elecciones generales pueden echar del........

© Público