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La prostitución no puede ser considerada un trabajo digno a la luz de los convenios de la oit y de la constitución política de 1991

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14.05.2026

LA PROSTITUCIÓN, denominada en algunos sectores como “trabajo sexual”, consiste en la prestación de servicios sexuales a cambio de una retribución económica. Esta actividad se desarrolla en contextos marcados, en muchos casos, por la pobreza, la  exclusión social, la violencia de género y la falta de oportunidades laborales reales por parte de muchas personas especialmente mujeres.

Aunque existen debates contemporáneos que buscan reconocer derechos mínimos para quienes ejercen esta práctica, también es cierto que miles de mujeres, niñas y adolescentes, que son de familias vulnerables, terminan inmersas por necesidad, en redes de explotación, trata de personas y en casos de violencia sexual. Por ello, el análisis jurídico y ético, sobre si esta actividad puede considerarse un “trabajo digno”, continúa siendo una de las discusiones más complejas del derecho moderno.

Históricamente, LA PROSTITUCIÓN, ha existido desde las civilizaciones antiguas. En culturas como la griega,  romana y mesopotámica, ya se registraban prácticas asociadas al intercambio sexual, a cambio de dinero. Durante siglos, esta actividad estuvo ligada a estructuras patriarcales, donde la mujer era considerada como un objeto de intercambio y de subordinación económica. En América Latina y particularmente en Colombia, la prostitución se expandió en contextos de desigualdad social, conflicto armado y pobreza extrema. En muchos casos, lejos de representar una libre elección, esta actividad surgió como consecuencia de la falta de acceso a educación, empleo y protección estatal, situación que evidencia profundas fallas sociales y económicas en los países.

En Colombia, la prostitución no está penalizada, pero si la inducción a la prostitución la cual esta consagrada en el Art # 213 de la ley 599 del........

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