menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Decreto 0173: el impuesto que nace en la excepción

27 0
01.03.2026

El Gobierno, sin ruborizarse,  expidió el Decreto 0173 de 2026, mediante el cual creó un impuesto temporal al patrimonio en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Aplica a personas jurídicas y sociedades de hecho cuyo patrimonio líquido, al primero de marzo de 2026, sea igual o superior a 200.000 UVT, es decir, aproximadamente $10.474.800.000.oo

La tarifa general será del 0,5%.  Sin embargo, el decreto establece una tarifa diferencial del 1,6% para entidades del sistema financiero —bancos, aseguradoras, comisionistas de bolsa— y para empresas del sector extractivo, particularmente petróleo y carbón.

El gobierno señala que los recursos tendrán destinación exclusiva: atender la crisis que motivó la declaratoria de emergencia.

El impuesto deberá pagarse en dos cuotas, durante abril y mayo de 2026. Para el primer pago y quizás frente al segundo, no se conocerá aún la decisión de la Corte Constitucional. Esa circunstancia llevará a los contribuyentes cobijados por el decreto a decidir si pagan o no, a la espera de la decisión de la Alta Corte corriendo el riesgo de tener que pagar intereses si el decreto pasa el examen constitucional.

Estos intereses son de los más altos actualmente.

Pero el verdadero debate no está en las cifras ni en las tarifas. Está en la vía utilizada para crearlo.

Sabido es que en........

© Minuto30.com