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8 meses de paralización en el JNE, … sí importa, por Marianella Ledesma

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Esta es una historia que se escribe recorriendo un único camino, por el que transitan dos vehículos: uno que busca llegar a su destino y otro que evita que logre llegar a ese final. Los protagonistas: la organización política Unión Popular (UP) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). En el trayecto, se entrecruzan los veredictos de dos jueces (PJ vs. TC). Uno ordena al JNE reconocer la inscripción de la organización UP y su habilitación para participar en las elecciones 2026; y el otro dispone que se suspendan los efectos de ese reconocimiento y habilitación. Dicho en otras palabras, mientras los jueces del Poder Judicial ordenan el avance hacia su destino final, el TC frena el recorrido, bajo el argumento de “no alterar el calendario electoral”, sin considerar que la inscripción de la organización UP se produjo antes de la fecha límite establecida por el calendario electoral.

A ello se agrega el retraso para la inscripción, atribuible al accionar administrativo del JNE. ¿Cómo se explica que, después de ocho meses —repito, ocho meses—, el JNE recién haya publicado la solicitud de inscripción en el diario oficial? Mientras no se publique, no se puede avanzar con el trámite.

Esa demora es solo un detalle de las varias irregularidades que el juez describe en su sentencia para darle la razón a la organización UP, con el agravante de que el JNE tenía pleno conocimiento del calendario electoral y, por ello, su actuación debió ser diligente para cumplir con el calendario y garantizar el ejercicio efectivo de la participación política de los ciudadanos.

El JNE minimiza las observaciones que hace el juez. El TC ni siquiera las toma en cuenta; todo lo contrario, con su aplauso, permite que se traslade la carga de las deficiencias del JNE al padecimiento de la........

© La República