Order of Gibraltar
En Gibraltar se observa una constante tendencia a la elevación nominal de sus instituciones cuya entidad material y jurídica son sensiblemente inferiores a la que sus denominaciones sugieren. No se trata de un fenómeno aislado ni meramente retórico, sino de una práctica sistemática de hipertrofia terminológica mediante la cual se confiere apariencia de plenitud estatal a estructuras que, en realidad, carecen de ella. Así, el aeródromo militar de la RAF es presentado como Aeropuerto Internacional; un centro de enseñanza de funciones limitadas se autodenomina Universidad; una simple festividad local se anuncia como National Day; la corte de apelación de esa pequeña localidad se titula Tribunal Supremo; y el responsable del gobierno local no se queda atrás denominándose Primer Ministro, pese a que sus funciones son meramente internas y de naturaleza cuasi-municipal. Esta inflación conceptual no es inocua ni casual. Constituye un mecanismo orientado a suplir mediante el lenguaje lo que en realidad no existe.
Lo mismo sucede con la cacareada Constitución de Gibraltar. La llamada Gibraltar Constitution Order 2006 suele presentarse como la culminación de un proceso de modernización constitucional. Sin embargo, desde una estricta perspectiva jurídico-constitucional, no puede considerarse una auténtica constitución democrática, sino un simple estatuto colonial otorgado por la........
