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Libertad de cátedra: ¿un derecho en riesgo?

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28.03.2026

Hasta hace no mucho las cátedras españolas era unos estamentos con bastante autonomía dentro las universidades. Tenían incluso su propia biblioteca en el despacho del catedrático que la dirigía. Si necesitabas un libro, llamabas a su puerta. La cátedra incluía a profesores de varios rangos académicos e investigadores en formación. A día de hoy esta estructura no existe como tal en España. Las universidades están mucho más democratizadas y aunque hay catedráticos - los profesores en el escalafón más alto - realmente no tienen «cátedras» como solían.

Lo que sí tienen los catedráticos y resto de profesores universitarios es Libertad de Cátedra, es decir, pueden organizar su docencia e impartirla como mejor consideren, e igualmente con sus actividades investigadoras. Es un derecho recogido en el artículo 20 de la Constitución Española de 1978. Por supuesto, este derecho lo deben ejercer de modo responsable y ético. ¿Y por qué es esto tan importante?

Si un profesor universitario se expresa libremente sobre álgebra, teoría de la programación, física cuántica o diseño industrial es difícil que pueda incomodar. Pero si por otro lado uno imparte docencia sobre un hecho histórico reciente o aspectos éticos de la genética, sus opiniones pueden generar tensiones en la cúpula universitaria o política. Sin la libertad de cátedra habría una tendencia, humanamente comprensible, a no discrepar demasiado con el punto de vista de las autoridades, sobre todo si acarrea pérdida de privilegios.

La Libertad de Cátedra protege también contra el creciente intervencionismo en la educación superior, fomentado por la existencia de numerosas comisiones universitarias de calidad, organización y estudios que muchas veces trabajan con presiones institucionales, a su vez derivadas o influidas por el clima político. Una comisión que vela por la calidad de la docencia puede proponer por ejemplo medidas sutiles como que haya apuntes/exámenes comunes para todos los profesores que imparten la misma asignatura. ¿Parece algo inofensivo, verdad?

Es un proceso silencioso y casi imperceptible que progresa lentamente, pero en mi opinión hay que prestar atención porque lo que hoy es un examen común en diez años puede ser dar la clase de cada día según el guion preparado por la «comisión de asignatura» que se creó para uniformizar la docencia. Y esa comisión puede recibir instrucciones de las altas esferas universitarias, que a su vez están presionadas a nivel político. Esta uniformización podría, depende de cómo se haga, privar a un docente de impartir una asignatura en su propio estilo. Ello significaría anular la creatividad y originalidad del docente. Lo que es más importante, podría privar a sus estudiantes de una docencia plural, original y crítica.

Incluso una medida de apariencia inofensiva como proponer un examen común para varios grupos de una misma asignatura puede condicionar el estilo de algunos profesores. Esto no quita que algunos profesores se organicen, por propia voluntad, para tener exámenes comunes en ciertas asignaturas básicas; lo que no deseable es tener presión institucional, por sutil que sea, a hacerlo. Afortunadamente la libertad de cátedra actúa como protección ante estas situaciones, limitado su influencia o suavizando su implementación.

Aunque la Constitución es una protección teórica, pienso que a efectos prácticos esta libertad de cátedra en España la garantiza el hecho indirecto de que profesores titulares y catedráticos de universidad pública son funcionarios. Precisamente por ello no está tan claro que las nuevas figuras que se están denominando «catedrático» en las universidades privadas españolas tengan ese grado de protección en la práctica. Hasta donde yo sé la figura de catedrático en una universidad privada española corresponde a un docente con contrato y está basada en los propios criterios de cada institución (que pueden ser altamente exigentes o más laxos dependiendo de cada centro). En cualquier caso, es muy importante que esa libertad de cátedra sea también respetada en el sector privado.

Además es esencial que las leyes/normativas estatales o autonómicas no condicionen, ni siquiera sutilmente, la libertad de cátedra. De ello depende que la universidad continúe siendo un centro de conocimiento plural y visión crítica. Los primeros beneficiados por dicha libertad son estudiantes y profesores, pero también tiene repercusión en la sociedad y el mundo laboral, al que miles de universitarios se incorporan cada año. Cuanto mejor formados estén, más sepan y mayor capacidad crítica hayan adquirido, mejor para todos. La libertad de cátedra ejercida de modo respetuoso, ético y responsable debe ser por ello un derecho irrenunciable.

Álvaro Pelayoes Académico de la Real Academia de Ciencias de España y Catedrático de Matemáticas en la Universidad Complutense


© La Razón