Premiar al delator
La sentencia por el ‘caso mascarillas’ es claramente ejemplarizante, y poco puede objetarse a que unos funcionarios púbicos desleales, que gestionan el dinero del Estado, reciban un castigo de envergadura por haber malversado los recursos en su propio beneficio. Más allá de consideraciones concretas que puedan objetarse, la decisión del Supremo, adoptada por unanimidad del tribunal, chirría sobre todo en uno de sus aspectos: la reducción de pena con que se ha premiado al corruptor, a este tal Aldama que parece ser un profesional de la marrullería y la estafa, que se ha ido de rositas del caso.
Aldama se ha beneficiado, como es sabido, del llamado Derecho Penal premial, que consiste en mejorar el trato al delincuente que colabora con la justicia después de haber participado en el delito. En nuestro Código Penal no hay mención explícita a esta figura dispositiva pero sí aparece disperso el criterio en el articulado, al menos en tres formas concretas. Una de ellas es la atenuante general de confesión (art. 21.4 CP): beneficia mediante una reducción de pena a........
