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La regla fiscal

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14.07.2025
Por AMYLKARACOSTAMEDINA*Colombia históricamente se ha caracterizado por arrastrar con el lastre de los llamados déficits gemelos: déficit fiscal y déficit en la cuenta corriente de la Balanza de pagos. Ni siquiera durante el largo ciclo, sin precedentes, de precios altos de los commodities, de los que tanto dependen las finanzas del Estado, entre los años 2003 – 2011, para los productos mineros, que se prolongó hasta el año 2014 para el petróleo, se corrigieron estos déficits, como si lo lograron los demás países de Latinoamérica. Definitivamente, el déficit que acusan las finanzas del Gobierno Central es estructural.La glotonería de la Nación ha sido tal que, no obstante, el recorte de las transferencias del Sistema General de Participaciones (SGP) a las entidades territoriales, que le significaron a estas, según estudio del Banco de la República, $387.953.907 millones de pesos constantes de 2018, recursos estos que dejaron de recibir entre los años 2002 y 2023. Ello, a consecuencias de dos lesivos actos legislativos, el 01 de 2001 y 04 de 2007. Y de contera, en los últimos 32 años el Congreso de la República aprobó, por iniciativa del ejecutivo 18 reformas tributarias, una cada 18 meses, todas ellas para arbitrarle recursos a la Nación!Antes de meter en cintura el gasto público del cual es responsable la Nación se dio el primer paso con el de las entidades territoriales, expidiéndose con tal fin la Ley 617 de 2000, de “racionalización del gasto público nacional”, pero que sólo le es aplicable a ellas, no a la Nación. Tuvimos que esperar más de 11 años, hasta que se expidió la Ley 1473 de 2011, mediante la cual se........

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