El Supremo deja sin 5 millones al exCEO del Popular y abre una brecha en la cláusula de no competencia
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El Tribunal Supremo ha dado la razón a Banco Santander en su recurso contra los cinco millones de euros cobrados por Pedro Larena por la cláusula de no competencia que recogía su contrato como consejero delegado de Banco Popular, cargo que ocupó entre septiembre de 2016 y abril de 2017.
En su reciente sentencia, el Supremo centra la controversia en si la compensación económica de una cláusula de no competencia postcontractual «puede considerarse una retribución variable, para aplicar sobre esa retribución la cláusula de reducción (malus)».
Y concluye que así es, que la cláusula de no competencia es una retribución variable, en contra del criterio seguido por la Audiencia Provincial, que sostuvo que esa misma cláusula no tiene el carácter de retribución variable, ni responde a una indemnización con causa en la finalización del contrato.
Santander ha estado representado en el proceso por el mismo abogado que defiende al banco en el caso Orcel
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La representación legal del exconsejero delegado de Banco Popular ha presentado ya recurso de nulidad contra la sentencia del Tribunal Supremo, de acuerdo a fuentes conocedoras del proceso consultadas por este diario, que subrayan que Larena ha cumplido escrupulosamente el contenido de la cláusula de su contrato que le impedía trabajar durante tres años en el sector financiero.
Las mismas fuentes estiman que la consideración por parte del Supremo de esa cláusula de no competencia como retribución variable abre «una brecha» en lo que respecta al encaje normativo de esa misma cláusula.
En síntesis, explican, una retribución variable, como su propio nombre indica, varía en función del cumplimiento de ciertos objetivos, mientras que la cláusula de no compentecia es una retribución fija, es la misma en cualquier caso.
El Alto Tribunal defiende que en este tipo de casos imperan también las normas sectoriales que regulan la supervisión de las entidades de crédito, y en concreto los sistemas de remuneración de altos directivos, como las incluidas en las Directrices de la Autoridad Bancaria Europea.
En la medida que la........
