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Órganos jurisdiccionales

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27.04.2026

Nuestra Carta Fundamental establece que el Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación, y por órganos que ejercen su gobierno y administración. Los órganos jurisdiccionales son: la Corte Suprema de Justicia y las demás cortes y juzgados que determine su ley orgánica. En el Estado constitucional de derecho, la administración de justicia no puede concebirse como una función abstracta o despersonalizada, sino como una actividad institucionalizada que se ejerce a través de órganos concretos, investidos de legitimidad y sometidos a la Constitución. La configuración de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial responde, precisamente, a la necesidad de articular un sistema que combine especialización, jerarquía y coherencia, garantizando al mismo tiempo la tutela efectiva de los derechos fundamentales. La Constitución establece que el Poder Judicial se integra por órganos jurisdiccionales —encargados de administrar justicia en nombre de la Nación— y por órganos de gobierno y administración. Esta distinción no es meramente orgánica, sino funcional: mientras los primeros ejercen la potestad jurisdiccional resolviendo conflictos y aplicando el derecho, los segundos aseguran el........

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